7a modificación a RMisc – Facilidades para expedir CFDIs nomina
Según lo que puedo deducir de la lectura de la 7a. modificación a las reglas misceláneas de este 2014, les menciono que: Hay facilidades en la expedición de los CFDIs de nómina para los siguientes patrones:
- Si eres patrón PF del sector primario;
- Si eres PF de las que obtienen ingresos por actividades profesionales y empresariales o por arrendamiento de inmuebles;
- Las Asociaciones Religiosas.
Estos que les enlisté podrán expedir sus CFDI de nóminas de sus trabajadores a través de “Mis Cuentas” apartado “Factura fácil” sección “Generar factura nómina”, siempre y cuando que a estos comprobantes se les incorpore el sello digital del SAT y cumplan con el complemento de nómina.
Por lo tanto, si quieren aplicar esta facilidad deben:
Utilizar la herramienta “Mis Cuentas”, que la relación laboral con sus trabajadores haya comenzado este 2014; que se cumpla con las normas que establece la Ley Federal del Trabajo; que se sujetarse a las políticas de funcionaiento de la herramienta electrónica “Mis cuentas” apartado “Mi información” sección “Perfil”.
Los CFDIde nómina de 2014 deben haberse emitido a más tardar el 31 de enero del 2015 (y como es sábado, se recorrerá su cumplimiento para el martes 03 de febrero -porque el lunes 02 de febrero es festivo). ¡Ah! la regla en cuestión es la I.2.7.5.5 y en el 12o. transitorio de la modificación a la RMisc es donde se establece el plazo al que hago alusión (Agradezco a mi contador Kike Corona su observación).
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