#Infonavit aclara a los trabajadores con crédito en VSM
#Infonavit emite un desplegado tratando de calmar a los trabajadores, pero eso no evita el incremento a la deuda.
Para lo que dice el inciso 1, en pocas palabras, SÍ se incrementará tu deuda y sí se incrementará tu pago en nómina por su crédito en VSM, tal vez en ese porcentaje del 3.9%, porque según el #INEGI, la inflación acumulada al mes de octubre es de 3.06% y no creo que sea menor al 3.9%
Crédito vivienda #Infonavit.
Suponiendo que debes $100,000 al 31 de diciembre, para el 01 de enero vas a deber $103,900.00 +3.9% (suponiendo que el incremento señalado en el inciso 1 del comunicado).
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O checa en tu estado de cuenta en cuanto quedó tu deuda al 31 de diciembre y multiplica las VSM del saldo reportado a esa fecha x $80.04
El resultado será tu nueva deuda para 2017. ¿Por qué dicen que no afectará…?
Qué extraños resultan ser los funcionarios del #Infonavit.
Veamos el fundamento:
Artículos transitorios de la reforma a la ley del #Infonavit publicada en el DOF del 24 abril 2016:
LINFONAVIT. Tercero. Los contratos que tenga celebrado el Instituto, vigentes a la fecha de entrada en vigor del presente Decreto, que utilicen el salario mínimo como referencia para cualquier efecto, no se modificarán por la Unidad de Medida y Actualización, salvo que las partes acuerden expresamente lo contrario. Lo anterior, sin perjuicio de que, a partir de la entrada en vigor de este Decreto, los contratantes puedan utilizar como índice o referencia a la Unidad de Medida y Actualización.
O sea, sí o sí. La deuda de tu crédito sí se incrementará. Ojo, los créditos no se cambian automáticamente a #UMAS, pero el incremento no podrá ser mayor a la #UMA.
Y aquí entre nos, ¿quién va a establecer el nivel en que se incrementará la UMA?
Artículo 4. El valor actualizado de la UMA se calculará y determinará anualmente por el INEGI, de conformidad con el siguiente método: I. El valor diario se determinará multiplicando el valor diario de la UMA del año inmediato anterior por el resultado de la suma de uno más la variación interanual del índice Nacional de Precios al Consumidor del mes de diciembre del año inmediato anterior.
Nota: Este es un proyecto de ley de la #UMA. Debió haberse promulgado en mayo de este año, porque los transitorios de la reforma constitucional publicado en enero 2016, así lo establecían. Pero para variar, tus diputados y senadores no han cumplido. Más preocupados estuvieron en autodeterminarse su super-aguinaldo 2016.
Bueno, la reforma fue constitucional para desindexar el salario minimo (ver DOF del 27 de enero 2016).
Ojalá hubiera un castigo para este incumplimiento del poder legislativo.