Justo a tiempo, si es que aun no procesas nómina, ya que para efectos de los créditos determinados solo en «factor de descuento», debemos usar este artilugio artificial inventado por el #Infonavit, la «#UMI» (Unidad mixta infonavit):

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Una cosa que los genios del infonavit no acaban de entender, es que el artículo 44 de la Ley del Infonavit, habla que los saldos se actualizarán con este factor de la UMI, mas NO dice, que las retenciones a los trabajadores deban ser ajustadas. Qué mal por el infonavit, pero ni hablar. Ya el trabajador, se aguantará.

umi 2020

Otra cosa que los genios del infonavit tampoco acaban de entender, es que el mismo reglamento de pagos, en su artículo 44 (coincidentemente) señala, que solo a través de un aviso de modificación o a través de la emisión bimestral, son los únicos mecanismos oficiales de notificación al patrón, de las actualizaciones a las formas e importes de retención a sus trabajadores acreditados.

No es a través de un comunicado (como el e arriba) o a través de sus redes sociales. Recontra chanfle.

¿Ya procesaste la nómina y hay diferencias en la retención al trabajador por el crédito de infonavit? Ni hablar. Explicale al trabajador y le retienes la diferencia en la siguiente nómina. Obviamente, échale la culpa a los genios del infonavit, y dile al trabajador, que si tiene algo que reclamar, que envíe su airada protesta hacia el bendito infiernavit.

¿Dónde se captura la UMI?

Aquí una imagen que te orientará:

umi 2020

Para ayudarte a comprobar las operaciones aritméticas para tu nómina con el nuevo importe de retención, te obsequio esta hoja de cálculo:

Tus comentarios son bienvenidos.

UMI 2020


Lic. Pp Soto

Consultor y capacitador profesional en aspectos laborales y de seguridad social (Imss, Infonavit, sua, sipare, contratos de trabajo, terminación de relación de trabajo, nóminas, etc). .