Mis estimados ppsotolectores. Pues con la novedad de que el gobierno federal se ha vuelto a poner en la atención del gremio de los #Administradores, #Contadores y #Fiscalistas.

Vean ustedes lo que publicaron el día de hoy 6 de marzo 2020:

no exenciones

Antes de que se ponga el grito en el cielo, la idea es que en lo sucesivo, ninguna autoridad administrativa o fiscal, elabore sus planes de condonación o exención de impuestos o contribuciones, sobre algo que debería ingresar a las arcas federales, en término del art. 31 Constitucional, el cual se refiere a que todos debemos contribuir al gasto público, con las excepciones que las leyes llegaran a señalar.

En el caso que nos preocupa, que es del cálculo de la nómina, no sufre ningún cambio. Esto es, debemos seguir determinando el ISR a los salarios, de la manera acostumbrada, tomando en cuenta los artículos 93 y 96 de la ley referida y al final del mes, no rebasar los importes de la tarifa del art. 10o. transitorio, relativos a la aplicación mensual del subsidio para el empleo.

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¿Quién debería estar preocupado?

Aquéllos contribuyentes que utilizan como «estrategia financiera», el no pagar impuestos y esperar las facilidades que periódicamente lanzaba la autoridad fiscal, para «ponerse al corriente».

Que tengan un excelente viernes.

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Lic. Pp Soto

Consultor y capacitador profesional en aspectos laborales y de seguridad social (Imss, Infonavit, sua, sipare, contratos de trabajo, terminación de relación de trabajo, nóminas, etc). .