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Ante la problemática mencionada en — este post –, el #SAT tiene elaborado este instructivo, para cumplir con la obligación que por ley del #ISR, tienen los patrones de inscribir en el #RFC de las personas físicas que les prestan un servicio personal subordinado, o sea, sus trabajadores.

Este servicio consiste en la inscripción al #RFC de todos los trabajadores de los que requiera conocer ese dato de un solo golpe, y por eso se diferencia de la inscripción individual uno a uno, mediante la inscripción por CURP.

El #RFC forma parte del expediente laboral del trabajador y servirá para expedir los #CFDI (comprobante fiscal digital por internet), de todos los pagos que se le hagan a dicho trabajador, por la prestación de sus servicios (salarios, percepciones y deducciones).

¿Porqué no les he recomendado páginas que «prometen obtener el RFC»? Porque sus resultados no siempre son los mismos a los que se obtienen con el #SAT. Por ejemplo, una página incluso que es gubernamental https://www.recaudanet.gob.mx/recaudanet/rfc.jsp, al capturar mis propios datos, NO me arroja los que a su vez me generó el #SAT, por eso, NO la recomiendo y mucho menos las uso.

No olvides lavarte las manos y si requieres estar en un espacio cerrado concurrido, usar el cubre bocas y mantener la distancia.

Atento a sus comentarios.


Lic. Pp Soto

Consultor y capacitador profesional en aspectos laborales y de seguridad social (Imss, Infonavit, sua, sipare, contratos de trabajo, terminación de relación de trabajo, nóminas, etc). .