Se publicaron en el diario oficial de la federación #DOF, las nuevas reglas para el otorgamiento de créditos del Instituto del fondo nacional de la vivienda para los trabajadores #Infonavit; resultado de la reforma a la ley del instituto de diciembre 2020. Veamos los aspectos que pueden ser interesantes.

  • Por primera vez, los derechohabientes que no tengan relación laboral vigente, podrán solicitar un crédito.
  • Habrá otorgamiento de créditos para autoproducción, para la adquisición de un terreno para la construcción, al refinanciamiento de créditos hipotecarios y en la posibilidad de obtener créditos sucesivos, para adquirir, mejorar, ampliar o ir construyendo su vivienda de manera progresiva.

Ni en la regla quinta «precalificación» y ni en la regla sexta «inscripción», se especifica la forma en que el trabajador tendrá derecho al crédito, es decir, la famosa puntuación.

La regla vigésima señala la obligación que tendrá el instituto, de enviar a los trabajadores, un estado de cuenta de su crédito, de manera bimestral; digital o fisico.

Hoy preguntaron en las redes acerca del fundamento del seguro de daños a la vivienda y cuando menos en estas reglas, solo aparece la mención de una póliza, en el anexo 2, documentos necesarios para la formalización del crédito, sin más información adicional. En el portal del instituto, aparece algo de información.

El articulo cuarto transitorio menciona que los términos aplicables a los créditos seguirán vigentes. Pero hay un error en la referencia de fechas, porque esas reglas se publicaron el 4 de mayo y no el dia 2, como este transitorio señala.

También hay error en las fechas de referencia del mismo cuarto transitorio, porque dice que continuarán aplicandose las tablas de montos máximos de creditos y la tabla de factores de descuento y las tablas para ecotecnologías de las reglas que aparecieron el 23 de junio 2019 y ese día fue domingo, dia en que no hay publicaciones en el DOF. Un craso errorzote de dedo, porque era el 23, pero de julio.

En fin, en resumen, nada espectacular.



Lic. Pp Soto

Consultor y capacitador profesional en aspectos laborales y de seguridad social (Imss, Infonavit, sua, sipare, contratos de trabajo, terminación de relación de trabajo, nóminas, etc). .