Segun lo marcan los artículos 15 A y 29 de la Ley del Seguro Social #LSS y 29 bis de la Ley infonavit #Linfo, las obligaciones cuya fecha límite es hoy, lunes 17 de enero, son:

¿Cómo debemos presentar las informativas?

La información de los contratos celebrados en el cuatrimestre septiembre a diciembre, se presentan:

  1. Para efectos #IMSS, en el portal #ICSOE.
  2. Para efectos #Infonavit, en el portal SISUB del portal empresarial.

¿Si no tengo nuevos contratos, debo presentar información?
Estrictamente y con apego a las leyes arriba mencionadas, *NO*. Sin embargo, tanto #IMSS como #Infonavit, de una manera inexplicable, quieren que informemos que no tuvimos contratos nuevos en este cuatrimestre recién terminado.

¿Y como informamos que no tuvimos contratos nuevos?
Al #IMSS, en el portal del icsoe, mediante la opción «informativa sin datos»

Y al #Infonavit, no se presenta ningun informativa. Solo se envía un escrito libre –modelo de ese escrito aqui— a estos correos:


Y otra obligación en materia de la industria de la construcción, es que a través del escritorio virtual –> #SIROC:


Sabes que estoy a tu disposición, en mis diversas redes social –> http://bit.do/redppsoto.



Lic. Pp Soto

Consultor y capacitador profesional en aspectos laborales y de seguridad social (Imss, Infonavit, sua, sipare, contratos de trabajo, terminación de relación de trabajo, nóminas, etc). .