
Reforma electoral en puerta (post invitado)
El día de hoy 04 de agosto de 23025, se publicó en el Diario Oficial de la Federacion en su version vespertina un DECRETO POR EL QUE SE CREA LA COMISIÓN PRESIDENCIAL PARA LA REFORMA ELECTORAL, mismo decreto que nosotros en ROBERTSON SARACHO con gusto analizamos y compartimos con ustedes
Este documento, fechado el 4 de agosto de 2025 y firmado por la Presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, establece la creación de una comisión temporal para preparar una propuesta de reforma electoral.
OBJETIVO PRINCIPAL: La comisión tiene la tarea de convocar a la ciudadanía, realizar estudios y elaborar propuestas para una reforma a las normas que rigen el sistema electoral mexicano.
JUSTIFICACIÓN (CONSIDERANDOS): El decreto argumenta que, si bien ha habido muchos cambios en el país (sociales, judiciales), el sistema electoral se ha mantenido «inercial» y ya no es congruente con la realidad política actual. Se enfatiza la necesidad de respetar la voluntad popular y de que la discusión no sea exclusiva de los políticos.
INTEGRACIÓN: La comisión es presidida por la Presidenta de la República y está compuesta exclusivamente por altos funcionarios de su gobierno, como los titulares de la Secretaría de Gobernación, la Consejería Jurídica y la Agencia de Transformación Digital, entre otros.
PARTICIPACIÓN EXTERNA: Se contempla que puedan ser invitados representantes de otros poderes, organismos autónomos (como el INE o el TEPJF), académicos y sociedad civil, pero su participación será **con derecho a voz, pero sin voto**.
VIGENCIA: La comisión funcionará hasta el 30 de septiembre de 2030, o hasta que la Presidenta decida disolverla.
LO BUENO, LO MALO Y LO FEO DEL DECRETO
LO BUENO (LOS ASPECTOS POSITIVOS Y DESEABLES)
1. APERTURA A LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA (EN TEORÍA): El mayor mérito del decreto, en su texto, es el énfasis en «convocar al pueblo a expresarse». La idea de que una reforma tan crucial no debe ser discutida únicamente por la clase política, sino que debe abrirse al debate público, es fundamental para la salud de una democracia. Busca legitimar la reforma a través del respaldo popular.
2. CREACIÓN DE UN CANAL FORMAL: Establece un mecanismo oficial y estructurado para el análisis y la propuesta. Esto es preferible a que una reforma de este calibre se improvise o se negocie de manera opaca. La comisión, en principio, centraliza los esfuerzos y les da un marco de acción.
3. ENFOQUE MULTIDISCIPLINARIO DEL EJECUTIVO: Al integrar a diversas áreas del gobierno (política, jurídica, digital, asesores), se busca que la propuesta sea robusta y considere múltiples facetas, desde su viabilidad legal hasta su implementación tecnológica.
LO MALO (LOS PUNTOS CRÍTICOS Y POTENCIALES FALLAS)
1. *COMPOSICIÓN ENDOGÁMICA Y RIESGO DE SER UN ECO CHAMBER: Este es el punto más débil. TODOS LOS MIEMBROS CON DERECHO A VOTO PERTENECEN AL PODER EJECUTIVO Y SON SUBORDINADOS DIRECTOS DE LA PRESIDENTA. No hay contrapesos internos. Esto convierte a la comisión en una «caja de resonancia» del gobierno, donde es muy probable que las conclusiones ya estén predefinidas y el trabajo se centre en justificar una agenda política, en lugar de realizar un análisis abierto y plural.
2. PARTICIPACIÓN EXTERNA MERAMENTE SIMBÓLICA: El hecho de que actores clave como el INE, el Tribunal Electoral, los partidos de oposición, la academia y la sociedad civil solo puedan participar «con voz, pero sin voto» es muy revelador. Su opinión no es vinculante y puede ser fácilmente ignorada. Esto devalúa la promesa de una «convocatoria amplia» y la convierte en un ejercicio de validación, no de construcción conjunta.
3. EL TONO DE LOS «CONSIDERANDOS»: La justificación del decreto no es neutral. Utiliza un lenguaje político que califica al sistema actual como obsoleto e incongruente con la «transformación». Esto sugiere que la comisión no parte de una pregunta abierta («¿QUÉ REFORMA NECESITA MÉXICO?»), sino de una afirmación («El sistema actual no sirve y debe alinearse a nuestro proyecto»).
LO FEO (LA REALIDAD INCÓMODA Y EL SUBTEXTO POLÍTICO)
1. EL EJECUTIVO COMO JUEZ Y PARTE: Lo más «feo» es que el Poder Ejecutivo, uno de los principales actores y beneficiarios de las reglas electorales, se erija a sí mismo como el diseñador de la reforma. Esto representa un CONFLICTO DE INTERÉS FUNDAMENTAL. Idealmente, una reforma de esta magnitud debería ser liderada por un órgano plural (el Congreso) o un panel de expertos verdaderamente independiente, no por el gobierno en turno.
2. EL POTENCIAL SOCAVAMIENTO DE LOS ÓRGANOS AUTÓNOMOS: La creación de esta comisión puede interpretarse como un intento de pasar por encima o de minimizar el rol del Instituto Nacional Electoral (INE) y del Tribunal Electoral (TEPJF), que son los órganos con la mayor experiencia técnica y operativa en la materia. En lugar de fortalecerlos, se crea una estructura paralela controlada por el gobierno para rediseñar su campo de acción.
3. USO DE «EL PUEBLO» COMO HERRAMIENTA POLÍTICA: Si bien la participación ciudadana es positiva, el uso insistente del término «el pueblo» en el discurso político del decreto puede ser una herramienta para polarizar. Se crea una narrativa donde las propuestas de la comisión son «la voluntad del pueblo», y cualquier crítica o desacuerdo puede ser descalificado como un ataque de las «minorías» o de los «intereses conservadores» en contra de la mayoría.
En resumen, aunque el decreto se viste con un lenguaje de apertura y participación democrática, su estructura y composición revelan un diseño centralizado en el Poder Ejecutivo que podría llevar a una reforma a modo, debilitando los contrapesos y la autonomía del sistema electoral que se pretende reformar.
Como podemos observar, este decreto es una moneda de dos caras. Por un lado, presenta una oportunidad de mejora democrática, pero por otro, conlleva riesgos significativos para el equilibrio de poder y la certeza electoral.

BENEFICIOS POTENCIALES PARA EL PUEBLO MEXICANO
Si la comisión opera con verdadera apertura y su objetivo es genuinamente mejorar el sistema, los beneficios para la ciudadanía podrían ser:
1. MAYOR LEGITIMIDAD Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA (EN TEORÍA): El beneficio más grande que se promete es que la reforma nacerá de una discusión pública. Si se logra una convocatoria amplia y las opiniones de la gente, expertos y sociedad civil son realmente tomadas en cuenta, la reforma resultante tendría un fuerte respaldo popular. Esto podría fortalecer la confianza en las instituciones y en las reglas del juego democrático.
2. POSIBILIDAD DE UN SISTEMA ELECTORAL MÁS EFICIENTE Y REPRESENTATIVO: Una reforma bien hecha podría atender quejas ciudadanas recurrentes. Por ejemplo:
REDUCIR EL COSTO DE LA DEMOCRACIA: Podría buscarse un sistema menos costoso, disminuyendo el financiamiento a partidos políticos o adelgazando la estructura burocrática del INE, liberando recursos para otras áreas.
MEJORAR LA REPRESENTATIVIDAD: Se podría rediseñar la forma en que se asignan los diputados y senadores para que el Congreso refleje de manera más fiel la voluntad expresada en las urnas.
3. MODERNIZACIÓN DE LAS REGLAS: El decreto argumenta que las normas actuales son «inerciales». Una reforma podría actualizar el sistema para adaptarlo a nuevas realidades, como el uso de tecnologías para la votación o la fiscalización, o nuevas formas de participación ciudadana más allá de las elecciones.
PERJUICIOS Y RIESGOS POTENCIALES PARA EL PUEBLO MEXICANO
Los riesgos se derivan principalmente de la estructura y composición de la comisión, que está totalmente controlada por el Poder Ejecutivo.
1. RIESGO DE UNA «REFORMA A MODO» QUE DEBILITE LOS CONTRAPESOS: Este es el perjuicio más grave. Al ser diseñada exclusivamente por el gobierno, la reforma podría estar sesgada para beneficiar al partido en el poder. Para el ciudadano, esto significa:
UN ÁRBITRO ELECTORAL DÉBIL: Se podría buscar debilitar la autonomía del INE, convirtiéndolo en un órgano menos independiente y más afín al gobierno. Un árbitro débil no puede garantizar elecciones limpias y justas para todos.
REGLAS QUE FAVORECEN A LA MAYORÍA: Las nuevas reglas podrían dificultar que las minorías compitan en igualdad de condiciones, consolidando el poder del partido gobernante y reduciendo la alternancia.
2. PÉRDIDA DE CERTEZA Y CONFIANZA EN LAS ELECCIONES: El sistema electoral mexicano, con todas sus fallas, ha sido un pilar de estabilidad política porque el INE es un árbitro autónomo que genera confianza. Si la reforma es percibida como una imposición del gobierno para controlar las elecciones, la confianza ciudadana en los resultados se desplomaría. Esto podría llevar a conflictos postelectorales y a una mayor polarización.
3. EXCLUSIÓN DE LA PLURALIDAD Y LA EXPERIENCIA TÉCNICA: Al dar a los expertos, a la oposición y a los propios órganos electorales (INE, TEPJF) solo «voz pero sin voto», se corre el riesgo de ignorar la experiencia técnica acumulada durante décadas. Una reforma electoral es un proceso técnico muy complejo; hacerla sin el conocimiento de quienes operan el sistema puede resultar en una ley deficiente e inaplicable, perjudicando la calidad de la democracia.
4. SIMULACIÓN DE LA PARTICIPACIÓN: El riesgo es que la «convocatoria al pueblo» sea solo una fachada para legitimar una decisión ya tomada. Si los foros y consultas no tienen un impacto real en el resultado final, el ciudadano sentirá que su participación fue utilizada, generando cinismo y desinterés en la vida pública.
EN CONCLUSIÓN:
EL BENEFICIO PARA EL PUEBLO MEXICANO DEPENDE DE SI LA PROMESA DE ESCUCHAR ES GENUINA y si el proceso es verdaderamente inclusivo y plural.
EL PERJUICIO SE MATERIALIZA SI LA COMISIÓN SE CONVIERTE EN UNA HERRAMIENTA PARA QUE EL PODER POLÍTICO DISEÑE SUS PROPIAS REGLAS DEL JUEGO, debilitando la autonomía del árbitro electoral y poniendo en riesgo la equidad y certeza de las elecciones futuras.
Autor: Dr Guillermo Robertson Andrade
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