
LSS ’97, solo #IMSS puede dar negativa de pensión.
Ante la duda que pudieran tener los trabajadores en vías de pensión por retiro (cesantía o vejez), les recuerdo que las condiciones para solicitar esa pensión por ley actual son:
- Edad. 60 años para solicitar pensión de ceantía. 65 para la de vejez.
- 1,000 semanas cotizadas, que para 2026 son = 875 (se irá incrementando cada año en 25 hasta llegar a las 1,000 que señala la ley que se alcanzará en el año 2031).
- Quedar privado de trabajo, solo para poder solicitar la pensión de cesantía. La de vejez no tiene este requisito.
¿Y qué pasa si no cumplo con estos requisitos? Obtienes una negativa de pensión. Y quien emite ese dictamen es el #IMSS, no la #afore. La afore solo administra tus recursos de retiro. asi nos lo aclara la CONSAR (comisión nacional de sistemnas de ahorro para el retiro).
La responsabilidad de las #afores ante las negativas de pensión que emite el IMSS, es pagar el total del saldo del seguro de retiro a los trabajadores.

El retiro por negativa de pensión es un trámite ante la AFORE para trabajadores (ley 97) que, al tener 60 años o más y no cumplir con las semanas cotizadas necesarias para una pensión IMSS, reciben la devolución total de sus recursos de la cuenta individual en una sola exhibición.
Requisitos y Documentos Principales con tu Afore
- Resolución de Negativa de Pensión: Emitida por el IMSS.
- Expediente de Identificación: Actualizado con biométricos.
- Identificación oficial vigente: INE, pasaporte, etc..
- Estado de cuenta bancario: Con CLABE a nombre del titular (de menos de 3 meses).
- CURP y comprobante de domicilio.
Plazo del trámite Afore
6 días hábiles (una vez firmada la solicitud de disposición de recursos).
Excelente regreso al trabajo después del puentecito.
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