#IMSS #Construcción Mis estimado ppsoto-lectores, para comunicarles que fueron publicados en el #DOF diario oficial de la federación del 6 de febrero 2026 los costos de mano de obra para los patrones de la construcción. Pero ¿sabías que estos costos de mano de obra no deben aplicarse de manera automática?

Mis amigos de la #construcción NO deberían preocuparse por estos datos.

Primero. El reglamento del seguro social obligatorio para los trabajadores de la construcción por obra o tiempo determinado, específicamente en su artículo 18 nos señala lo siguiente (hago un extracto):

Ya que hemos leido lo anterior, les comento a ustedes amigos constructores, que mientras cumplan con las obligaciones que como patrones les impone la Ley del Seguro Social, el Racerf y este reglamento de la construcción, a ustedes el instituto no podrá aplicar el procedimiento de «estimativas» de cuotas omitidas.  Nunca.

Segundo. ¿¿Y cuáles son las principales obligaciones que como patrones deben cumplir?? Se las resumo en la siguiente infografía:

mano de obra

Por lo tanto, amigos patrones de la construcción, si ustedes incumplen con alguna de estas obligaciones, el #imss pudiera aplicar aquél art. 18 del reglamento de la construcción que les referí en el párrafo anterior.

¡Ah! les comento que de todas maneras, estas «estimativas» que hace el área de auditoria a patrones de la construcción del #IMSS son totalmente combatibles si interponemos ante el tribunal fiscal, una declaratoria de inconstitucionalidad. Hay criterios de la suprema corte que nos darán la razón. Por lo tanto, no te angusties y acércate conmigo, porque podemos ayudarte junto con mis asociados del área legal.

Tercero. No pierdan tampoco de vista, que este aviso hace referencia a la #UMA, pero en el monto del incremento calculado al costo anterior únicamente. Y será vigente esta tabla hasta que a los del #IMSS se les ocurra nuevamente darnos a conocer los siguientes costos, a pesar de innumerables derrotas que ellos sufren en el tribunal fiscal, por la inconstitucionalidad de sus estimativas apoyadas en ese art. 18 del reglamento de la construcción.

Cuarto. Aqui está, la publicación del #IMSS en el DOF de este dia 6 de febrero:

¿Comentas? Te leo en el cajoncito al pie de este post.

El post tiene: 78 vistas


Lic. Pp Soto

Consultor y capacitador profesional en aspectos laborales y de seguridad social (Imss, Infonavit, sua, sipare, contratos de trabajo, terminación de relación de trabajo, nóminas, etc). .