¿Qué es el dictamen?
Es el documento elaborado por un Contador Público Autorizado por el IMSS, que señala la opinión sobre el cumplimiento de las obligaciones de un patrón, derivadas de la Ley del Seguro Social y sus reglamentos.
¿Quién debe presentar el dictamen imss?
Lo debe presentar todo patrón con más de 300 trabajadores en el ejercicio fiscal anterior, aunque también de manera voluntaria lo puede presentar cualquier patrón que tenga un menor número de trabajadores al de 300 que señala la ley.
¿Debo presentar un aviso para dictaminarme?
Así es. El art. 156 del reglamento lo especifica. Usted presentará ese aviso, dentro del plazo de los 4 meses siguientes a la terminación de su ejercicio fiscal anterior, o sea que pude presentar ese aviso dentro de los meses de enero a abril.
¿Qué beneficios tengo al dictaminarme?
El beneficio de no recibir auditorías por parte del instituto, por el ejercicio dictaminado; además de que no les serán emitidas cédulas de diferencias (SIVEPAS), siempre y cuando el dictamen ya haya sido presentado y que la opinión .
¿Y los patrones afectados por el huracán «Odile» ¿qué pueden hacer para cumplir con la presentación del dictamen?
En efecto, debido a esta contingencia de la naturaleza, algunos patrones tendrán la preocupación de qué hacer ante la acometida de la naturaleza. Al efecto, podemos apoyarnos con el reglamento RACERF, que nos señala lo siguiente:
Artículo 162. El Instituto concederá prórroga hasta por cuarenta días hábiles para la presentación del dictamen, por caso fortuito o fuerza mayor, o bien, limitaciones de carácter físico o legal debidamente comprobadas que impidan su entrega dentro del plazo mencionado en el artículo anterior.
La solicitud correspondiente deberá ser firmada por el patrón o su representante legal, y por el contador público autorizado, y presentarse antes del vencimiento del plazo señalado. Se considerará autorizada la prórroga si dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha de presentación de la solicitud, el Instituto no notifica la correspondiente resolución.
Por lo anterior, se cuenta con el plazo hasta el 29 de septiembre, para presentar la solicitud de prórroga con motivo de la contingencia natural por la presencia del huracán «Odile«. La solicitud es la que les muestro a continuación:
[gview file=»https://ppsotoasesor.com/wp-content/uploads/2014/09/CORP-03anx.pdf»]
En el apartado «Motivos» podemos señalar como fundamento el artículo 162 del reglamento que ya les señalé líneas arriba. Podemos también aludir al hecho de que la Secretaría de Gobernación (Segob) declaró zona de desastre natural en los cinco municipios de Baja California Sur, aparecida en el DOF del 22 de septiembre, en el cual se señala que Comondú, La Paz, Loreto, Los Cabos y Mulegé fueron declarados zona de desastre tras el paso del huracán Odile, el pasado 14 y 15 de septiembre y con ello podrán acceder a los recursos del Fonden.
Creo suponer que el imss no debiera tener dudas en aceptar que el patrón tenga la posibilidad de entregar su dictamen en fechas posteriores.
Editado domingo 28 septiembre 2014. El IMCP «logra» que los patrones en dificultad de presentar sus dictámenes a tiempo por motivos del huracán «Odile», soliciten una prórroga para ello (no está por demás observar cuál es el fundamento que el Imcp incluye, porque es idéntico al que este servidor alude en su post inicial).