#Imss no topará las pensiones a 10VSM. ¿Cumplirá…?
El #imss publicó el jueves 21 abril 2016 en su página de facebook y en su página web, un boletín de prensa en el cual aclara ciertas suspicacias que se habían susucitado, a raíz de que la #SCJN expidió la jurisprudencia 08/2016, en el cual se topa las pensiones de la LSS 1973, a 10 VSM.
Por ser de interés general para la membresía, se reproduce en forma íntegra el comunicado mencionado:
En mi opinión muy personal, habrá que darle seguimiento muy de cerca a la actuación del #imss, porque no dudo ni tantito, que en algunos casos aislados, pretenda que a un solicitante de pensión bajo la ley del ’73, el #imss se la tope a 10VSM y si el solicitante realiza una demanda ante la junta de conciliación, el #imss pretenda invocar la jurisprudencia en mención (08/2016), por lo que el tribunal laboral, indudablemente fallará en favor del #imss. Estaré al pendiente.
Nota importante.- Esta jurisprudencia únicamente aplica a trabajadores que cotizaron bajo la ley del ’73, es decir, trabajadores que causaron baja a más tardar el 30 de junio 1997 y nunca más cotizaron al #imss.
Editado: 23 mayo 2016. Por otra parte, los derechos de los que ya están pensionados, NO tiene por qué sufrir variación, es decir, las pensiones que en este momento ya están disfrutando los pensionados, NO se reducirán por ningún motivo, por ser derechos ya adquiridos.
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