¿El trabajador puede apoyar en otras labores complementarias…?
Es común que en ciertas ocasiones, necesitemos que alguno de nuestros trabajadores, realice una labor adicional para la cual no fueron contratados.
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Y también es común que los <strong>trabajadores</strong> se <strong>nieguen</strong> y lo hagan con justa razón.
"-Chonita por favor, deje el trapeador y vaya corriendo al banco a pagar el internet, porque ya se nos venció el plazo y no sea que vengan y nos lo vayan a cortar".
-"Claro patroncito, no podemos quedarnos sin el guifi y sin poder ver el "face".."
Sin embargo, no estaría de más que pongamos en una de las clásulas de nuestros contratos individuales de trabajo, la posibilidad de que el trabajador apoye en ciertas labores, que aunque no sean propias de su puesto, las pueda desempeñar, siempre y cuando, nos comprometamos con la retribución correspondiente. Veamos la #LFT:
LFT. Artículo 56 Bis.- Los trabajadores podrán desempeñar labores o tareas conexas o complementarias a su labor principal, por lo cual podrán recibir la compensación salarial correspondiente.
De esta forma, contaremos con que el trabajador nos apoye en ciertas ocasiones que las necesidades del trabajo, así lo ameriten.
No está por demás recordarte de la importancia de contar con las descripciones o perfiles de los puestos.
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