Con la novedad, que los compadres del #SatMx, sacaron una regla miscelánea, en la cual se establece que lo relativo a #SAT – outsourcing se difiere. Veamos:
SEGUNDA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2017 Y SUS ANEXOS 1, 1-A, 3, 7, 9, 11, 14, 15, 16, 18, 20, 23, 25 y 25-Bis
Diferimiento del cumplimiento de obligaciones del contratante y del contratista en actividades de subcontratación laboral
3.3.1.44. Para los efectos de los artículos 27, fracción V, último párrafo de la Ley del ISR, así como 5, fracción II y 32, fracción VIII de la Ley del IVA; tratándose de subcontratación laboral en términos de la Ley Federal del Trabajo, las obligaciones del contratante y del contratista a que se refieren las citadas disposiciones, correspondientes a los meses de enero a noviembre de 2017 y subsecuentes, podrán cumplirse a partir del mes de diciembre del mismo año, utilizando el aplicativo informático que se dará a conocer en el Portal del SAT.
Quien ejerza la facilidad prevista en esta regla deberá emitir el CFDI de nómina utilizando el complemento de nómina versión 1.2., conforme a lo previsto en el Artículo Trigésimo Segundo Transitorio de la RMF para 2017, publicada en el DOF el 23 de diciembre de 2016
Como vemos de la lectura de esta regla 3.3.1.44, los patrones que incurran en la celebración de un contrato de prestación de servicios con un sub-contratista (outsourcing), esperarán a que se publique en el portal, la herramienta para subir la información de todo el año, a partir del mes de diciembre.
El timbrado de nómina deberá realizarse obligatoria e invariablemente con el complemento 1.2
Estaré atento.