#Sismo 19 septiembre. Precauciones muy necesarias. La #STPS nos comunica mediante este aviso, a los centros de trabajo, en relación a este terremoto, las siguientes precauciones:

#Sismo 19

Importante que dentro de las funciones de la comisión mixta de higiene y seguridad, se cuente con este protocolo de seguridad al interior de todos los centros de trabajo, a fin de que una vez inspeccionados los inmuebles, poder estar en condiciones de salvaguardar la integridad física de los trabajadores.

Ahora bien, en relación a la ocurrencia de este fenómeno natural, en la cual, los centros de trabajo no puedan abrir sus puertas para realizar sus labores de manera normal, debido a las condiciones inseguras de los inmuebles, nos encontramos ante la presencia de una suspensión de la relación de trabajo, aunque efectivamente no se encuentre tipificada en el art. 42 o 42 bis de la Ley Federal del Trabajo pero sí atendiendo a la recomendación que la autoridad nos hace en el comunicado que les acabo de compartir en la parte de arriba.

Como una medida de apoyo, los patrones podrían convenir con los trabajadores, como analogía, la aplicación de los artículos 42 bis y 429 fracción IV de la LFT, es decir, pagar a los trabajadores un SMG por cada día que durara el centro de trabajo en condiciones inoperables. Creo que la autoridad podría dar su visto bueno, en caso de que ambas partes no llegaran a un acuerdo a este respecto.

Dependerá mi recomendación, de las buenas relaciones laborales que mantengan los patrones con sus trabajadores. 

*Importante* De ninguna manera, las inasistencias al trabajo, motivadas por el movimiento telúrico, serán consideradas como faltas injustificadas, por lo que ningún trabajador deberá ser privado de su fuente de trabajo. Estas inasistencias son 100% justificadas.

En relación con las actividades de la junta local de conciliación en #CdMx, el día 20 de septiembre no laborarán, Ver aviso:

#Sismo 19

Y en tanto la junta federal comunica:

#Sismo 19

#FuerzaMexico #mexicoestadepie

#Sismo 19


Lic. Pp Soto

Consultor y capacitador profesional en aspectos laborales y de seguridad social (Imss, Infonavit, sua, sipare, contratos de trabajo, terminación de relación de trabajo, nóminas, etc). .