Cómo darte de alta como patrón PF ante el IMSS
Cuando has tomado la mejor decisión de ser «emprendedor» y dentro de tu plan de negocio te has dado cuenta de que deberás contratar los servicios de una persona fisica, la cual te va a prestar un servicio personal subordinado (un trabajador), para ayudarte a lograr tus metas, nos encontramos ante la presencia de una relación laboral.
Y una obligación que como patrón adquieres, es la de dar de alta a ese trabajador ante el sistema de seguridad social, pero antes, es necesario que tramites tu alta ante el #IMSS Instituto Mexicano del Seguro Social, porque nuestra Constitución en su art. 123, apartado «A» establece que:
XXIX. Es de utilidad pública la Ley del Seguro Social, y ella comprenderá seguros de invalidez, de vejez, de vida, de cesación involuntaria del trabajo, de enfermedades y accidentes, de servicios de guardería y cualquier otro encaminado a la protección y bienestar de los trabajadores, campesinos, no asalariados y otros sectores sociales y sus familiares.
Y en la Ley del Seguro Social:
LSS. Artículo 5 A. Para los efectos de esta Ley, se entiende por:
IV. Patrones o patrón: la persona física o moral que tenga ese carácter en los términos de la Ley Federal del Trabajo;
LFT.- Artículo 10.- Patrón es la persona física o moral que utiliza los servicios de uno o varios trabajadores.
LSS.- Artículo 12. Son sujetos de aseguramiento del régimen obligatorio:
I. Las personas que de conformidad con los artículos 20 y 21 de la Ley Federal del Trabajo, presten, en forma permanente o eventual, a otras de carácter físico o moral o unidades económicas sin personalidad jurídica, un servicio remunerado, personal y subordinado, cualquiera que sea el acto que le dé origen y cualquiera que sea la personalidad jurídica o la
naturaleza económica del patrón aun cuando éste, en virtud de alguna ley especial, esté exento del pago de contribuciones;
LSS. Artículo 15. Los patrones están obligados a:
I. Registrarse e inscribir a sus trabajadores en el Instituto, comunicar sus altas… dentro de plazos no mayores a 5 días hábiles.
¿Cómo te das de alta ante el #IMSS?
Puedes usar la plataforma denominada «escritorio virtual».
- Antes de todo: Necesitas buscar en el art. 196 del Reglamento de la ley del seguro social en materia de afiliación, clasificación de empresas, recaudación y fiscalización #RACERF, la actividad a la que te vas a dedicar. De esto depende la clase que te corresponderá para efectos de la prima de riesgos de trabajo (art. 73 LSS).
- Debes tener a la mano: a) Comprobante de domicilio del centro de trabajo. b) Tu E-firma del SAT. c) Tu contraseña de la E-firma. d) Teléfono y correo electrónico empresarial.
- OK. Como patrón persona fisica te vas a dar de alta ante el #IMSS. Con tu CURP y tu E-firma del #SAT, registras una cuenta en el escritorio virtual del Imss.
- Ya que el sistema te aceptó tu registro, inicias el trámite de inscripción.
¿Cómo enviar los avisos afiliatorios del trabajador?
A través del chafa #IDSE, capturando como usuario el RFC de la empresa y como contraseña, la de la E-Firma, usando los archivos .cer y .key de dicha firma electrónica.
Quedo atento a sus comentarios y gracias por compartir y valorar el post.