InFonacot actualiza su manual de crédito a trabajadores
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A través de publicación en el #DOF diario oficial de la federación, del 04 de enero 2020, el Instituto Fonacot (fondo nacional para el consumo de los trabajadores), informa de la actualización de su manual de créditos para nuestros colaboradores:
INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL PARA EL CONSUMO DE LOS TRABAJADORES
AVISO por el que se informa al público en general de la actualización del Manual de Crédito del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores MA09.29.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- TRABAJO.- Secretaría del Trabajo y Previsión Social.- Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores.
AVISO POR EL QUE SE INFORMA AL PÚBLICO EN GENERAL DE LA ACTUALIZACIÓN DEL MANUAL DE CRÉDITO DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL PARA EL CONSUMO DE LOS TRABAJADORES MA09.29
CONSIDERANDO
Que bajo el Acuerdo número CD-97-061219 el Consejo Directivo del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores, aprobó en su 69ª sesión ordinaria celebrada el 06 de diciembre de 2019 las modificaciones al Manual de Crédito del Instituto FONACOT y sus Procedimientos Específicos, con fundamento en los artículos 6 y 8 de las Disposiciones de Carácter General aplicables a los Organismos de Fomento y Entidades de Fomento emitidas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, artículo 18 fracción V de la Ley del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores y artículo 24, fracción IV de su Reglamento.
Que, en el cumplimiento de lo establecido en los artículos 57 fracciones IX y XI y 62, fracción IV, y VIII del Estatuto Orgánico del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores, he tenido a bien emitir el siguiente:
AVISO POR EL QUE SE INFORMA AL PÚBLICO EN GENERAL DE LA ACTUALIZACIÓN DEL MANUAL DE CRÉDITO DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL PARA EL CONSUMO DE LOS TRABAJADORES, MA09.29.
Disposición: Manual de Crédito del Instituto FONACOT, MA09.29
Fecha de aprobación de la versión pública por el Comité de Transparencia: 29 de abril de 2020
Medio de consulta: Página de Internet del Instituto FONACOT en la siguiente liga electrónica:
https://www.fonacot.gob.mx/nosotros/InformacionRelevante/Paginas/default.aspx
www.dof.gob.mx/2020/FONACOT/ManualdeCreditodelInstitutoFONACOTMA09.29.pdf
Ciudad de México, a 4 de mayo de 2020.- La Subdirectora General de Crédito y Apoderada Legal del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores, Martha Angélica León Alvarado.- Rúbrica.
DOF
Las políticas de otorgamiento de créditos a los trabajadores, más interesantes son:
1. El sistema de crédito institucional ajusta de manera automática el monto y plazo de los créditos a aprobar, con base en los siguientes aspectos:
La solvencia del solicitante del crédito.
La experiencia de pago del trabajador y/o acreditado, obtenida a través del Reporte emitido por las sociedades de información crediticia.
Antigüedad del trabajador y/o acreditado que sea mayor a un año, obtenida a través de la consulta a las Bases de Datos Externas y/o la registrada en el sistema de crédito institucional.
La capacidad de pago a través de los ingresos reflejados en el recibo de nómina presentado por el trabajador, así como la consulta a las bases de datos externas (SIC, IMSS, etc.), estimando la capacidad de pago, considerando los ingresos del trabajador, las deducciones presentadas en el recibo de nómina, la certificación electrónica (cuando aplique) y el porcentaje de nivel de endeudamiento obtenido a través de las SIC.
Las referencias personales mínimas requeridas en el Manual de Crédito y en el Procedimiento Especifico del Registro del Trabajador, para comprobar la identidad y otros datos personales del trabajador.
2. La capacidad de descuento del trabajador se determina por el salario que percibe y el porcentaje de nivel de endeudamiento es calculado con información proveniente de la SIC. La capacidad de descuento no debe
exceder de un descuento mayor del 10% para los que perciban un SMM de la zona central y hasta el 20% cuando perciban un salario superior a un SMM de la zona central.
3. Para las personas con 60 años de edad y hasta 64 años, el plazo máximo que se les puede otorgar en su crédito FONACOT, será hasta de 12 meses; en el caso de personas de 65 años o más, el plazo máximo será de 6 meses.
4. Para trabajadores bajo el RIF, el plazo máximo que se les puede otorgar en su crédito FONACOT, será hasta de 6 meses.
Saludos y excelente inicio de semana.