Aviso de dictamen #Infonavit ¿optarás?
Dictaminarse para efectos de #Infonavit tiene sus ventajas. Pero antes de comentárselas, vamos a ver qué es el dictamen y por qué es opcional acogerse a este. Revisemos la Ley del #Infonavit y el #Ripaedi (reglamento de pagos) ¿les parece? Vamos pues.
Ley del Infonavit. Artículo 29.- Son obligaciones de los patrones:
VIII.- Presentar al Instituto copia con firma autógrafa del informe sobre la situación fiscal del contribuyente con los anexos referentes a las contribuciones por concepto de aportaciones patronales de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento del Código Fiscal de la Federación, cuando en los términos de dicho Código, estén obligados a dictaminar por contador público autorizado sus estados financieros.
Cualquier otro patrón podrá optar por dictaminar por contador público autorizado el cumplimiento de sus obligaciones ante el Instituto en los términos de las disposiciones reglamentarias correspondientes.Ripaedi. ARTÍCULO 2. Para efectos de este Reglamento, se entenderá por:
VII. Dictamen: el documento que contiene la opinión del contador público autorizado para dictaminar por el Instituto, sobre la situación fiscal de un Patrón, respecto de los pagos e importes omitidos al Instituto en cumplimiento a sus obligaciones establecidas en la Ley, el presente Reglamento y demás disposiciones jurídicas aplicables.
CAPÍTULO V
De la Opción para Dictaminarse por Contador Público Autorizado
ARTÍCULO 55. Los patrones que opten por dictaminarse a través de contador público autorizado se sujetarán a las disposiciones del presente Capítulo.
Tipos de dictámenes que se pueden presentar al #Infonavit:
- Dictamen fiscal. Los patrones que hayan optado por presentar el dictamen fiscal ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), deben presentar una copia, con firma autógrafa, del informe sobre la situación fiscal del contribuyente, con los anexos referentes a las contribuciones por concepto de aportaciones al Infonavit. La información debe ser entregada en la Gerencia de Recaudación Fiscal de la Delegación Regional del Infonavit que corresponda al domicilio fiscal del patrón dictaminado, dentro de los siguientes 15 días hábiles contados a partir del vencimiento del plazo para su presentación ante el SAT.
- Dictamen Infonavit. Es una opción que el patrón puede ejercer para dictaminar el cumplimiento de sus obligaciones fiscales en materia de vivienda. Puede ser solicitado por el patrón que opta por dictaminarse y por el contador público autorizado por el Infonavit. El aviso y dictamen se presentan en el área de Recaudación Fiscal de la delegación regional que corresponda al domicilio fiscal del patrón, debiendo presentarlo a más tardar el 30 de abril (Art. 59 del Ripaedi). El dictamen se presenta el 31 de octubre.
Beneficios de optar por dictaminarse:
Atento a sus comentarios. Gracias por compartir.