#Infonavit apenas autoriza a usar la E-Firma
Años después de que su primo #Imss aprobara usar la e-firma del patrón como contribuyente, para fines de intercambio de información, el #Infonavit publica este día un acuerdo de su consejo de administración, para aprobar los lineamientos para el uso de la firma electrónica avanzada cuyo certificado digital sea emitido por el Servicio de Administración Tributaria #SAT, en las actuaciones y los actos inherentes al ejercicio de atribuciones legales y reglamentarias, así como de los procesos que realice el personal facultado del #INFONAVIT en su carácter de organismo fiscal autónomo.
El acuerdo mencionado, es el siguiente:
Objeto del acuerdo:
Los lineamientos tienen por objeto regular el uso de la Firma Electrónica Avanzada amparada
por un certificado digital vigente sea emitido por el #SAT, por parte del personal facultado del Instituto como medio para suscribir documentos digitales que contienen actos administrativos que prevé la Ley del #Infonavit en su carácter de organismo fiscal autónomo, en virtud de que producen los mismos efectos que las leyes les otorgan a los documentos con firma autógrafa y en consecuencia, tendrán el mismo valor probatorio que las disposiciones aplicables les otorgan a estos.
Validez del uso de la E-Firma:
La Firma Electrónica Avanzada contenida en los actos administrativos digitales, garantizará y
dará certeza de lo siguiente:
* Que el documento digital o mensaje de datos ha sido emitido por el firmante de manera tal, que su contenido le es atribuible al igual que las consecuencias jurídicas que de él deriven;
* Que el documento digital o mensaje de datos ha permanecido completo e inalterado desde su firma, con independencia de los cambios que hubiere podido sufrir el medio que lo contiene como resultado del proceso de comunicación, archivo o presentación.
Este acuerdo entra en vigor el 24/05/2024.
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