Asi mis amigos ppsoto-lectores. El acuerdo del consejo técnico del seguro social publicado el día 11 de julio de 2024, es un refrito, o sea, es un acuerdo reciclado de un criterio ya difundido por ese organismo en años anteriores, tal y como se comentó en — este post — y luego, por parte de los tribunales, en — este otro post –.
Así que como lo ven: NO es algo novedoso. Y si ustedes son asiduos lectores, después de leer este primer párrafo, ya se dan cuenta, que los he estado manteniendo bien informados desde 2019, je. Y si aun no te suscribes al blog, para recibir el aviso del post del día ¿qué esperas? Envíame mensaje o correo con tus datos de contacto para darte de alta en ppsotoasesor.com y así estarás al día.
A continuación, el acuerdo publicado el dia de hoy:
A fin de NO ser repetitivo, les invito a la lectura de los posts señalados en el segundo párrafo de esta página, en donde comento lo relacionado con estos dos conceptos denominados «ayuda de habitación y ayuda de alimentación», para efectos de su integración o no al #SBC salario base de cotización que sirve de base -valga la redundancia-, para el pago de cuotas obrero patronales y de prestaciones en dinero al trabajador.
Muy importante ¿verdad?
Gracias por compartir.
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