
Trabajador labora 1.5 hs de lu a vi, para descansar el sab y ¡faltó!
Una duda que surgió en mi grupo de telegram, es cómo pagar a un trabajador que tiene esta jornada de trabajo especial. Pero antes, estudiemos los fundamentos que encontramos en la Ley federal del trabajo #LFT:
Artículo 58.- Jornada de trabajo es el tiempo durante el cual el trabajador está a disposición del patrón para prestar su trabajo.
Artículo 59.- El trabajador y el patrón fijarán la duración de la jornada de trabajo, sin que pueda exceder los máximos legales.
Los trabajadores y el patrón podrán repartir las horas de trabajo, a fin de permitir a los primeros el reposo del sábado en la tarde o cualquier modalidad equivalente.
En el caso que nos ocupa, me comenta mi amiga, que su cliente tiene pactado con su trabajador, que labore de lunes a viernes y para que pueda descansar el sábado, como lo permite la ley, que labore una hora y media adicional cada día.
La situación se complica cuando el trabajador llega a faltar a su trabajo. ¿Cómo retribuirle el descanso cuando el artículo 72 prevé pagarlo de forma proporcional?
Artículo 72.- Cuando el trabajador no preste sus servicios durante todos los días de trabajo de la semana, {…} tendrá derecho a que se le pague la parte proporcional del salario de los días de descanso, calculada sobre el salario de los días en que hubiese trabajado {…}.

Con base en el cálculo presentado y el fundamento del artículo 72 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), se observa un desglose claro sobre cómo determinar el pago proporcional del día de descanso cuando un trabajador labora 1.5 horas adicionales de lunes a viernes para descansar el sábado, además del domingo, pero falta un día de la semana.
Análisis del cálculo presentado:
- Salario diario:
El salario diario se establece en $200 pesos. - Salario por días laborados:
El trabajador laboró 4 días en la semana (de lunes a viernes, faltando un día). Por lo tanto:
4×200=800 pesos4×200=800pesos. - Pago proporcional del día de descanso (domingo):
Según el artículo 72 de la LFT, el trabajador tiene derecho al pago proporcional del día de descanso basado en los días trabajados. Para calcularlo:
200×46=166.00 pesos200×64=166.00pesos. - Proporcionalidad del sábado por las horas adicionales:
Las 1.5 horas adicionales trabajadas de lunes a viernes equivalen a una fracción proporcional de un día laboral completo. Se calcula como:
200×1.58=37.50 pesos200×81.5=37.50pesos. - Total por los días de descanso:
La suma del pago proporcional por el domingo y el proporcional por las horas trabajadas para descansar el sábado es:
166.00+37.50=128.50 pesos166.00+37.50=128.50pesos. - Total a pagar:
La suma del salario por los días laborados y los días de descanso es:
800+128.50=928.50 pesos800+128.50=928.50pesos.
Resultado final:
El trabajador debe recibir un total de $928.50 pesos por la semana en cuestión, considerando que trabajó 4 días, descansó el sábado y domingo (con pago proporcional), por haber faltado un día de la semana.
Este cálculo respeta lo establecido en el artículo 72 de la LFT, que señala que el pago del día de descanso debe ser proporcional al número de días efectivamente trabajados durante la semana. Además, incluye el ajuste por las horas adicionales trabajadas para compensar el descanso del sábado.
¡¡Nómina básica para todos aquéllos interesados!!
Nos leemos en la siguiente entrega. No faltes y gracias por compartir.




