Una vez que el consejo de representantes (obrero, patronal y de gobierno), que integran la Comision Nacional de los Salarios mínimos, de conformidad con lo que señalan los arts. 551 al 574, realizaron sus análisis y estudios relativos a la modificación de los salarios minimos que estarán vigentes a partir del 01 de enero del 2014, por lo que nos obsequian con su boletin de prensa, quedando pendiente la publicación en el DOF, para los próximos días.
Los minisalarios llegaron para quedarse como una mera referencia.
Laboralmente, para delimitar el importe de las multas por infracciones a la LFT y reglamentos.
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