Infonavit no está incluyendo acreditados en la EBA 5o. bim – Error
He estado recibiendo reportes en el sentido de que algunos trabajadores con crédito de vivienda del Infonavit, no están apareciendo en la EBA (emisión bimestral anticipada, que entre paréntesis, no tiene nada de anticipada, dado que la descargamos en noviembre) del 5o. bimestre septiembre-octubre 2014.
He tratado de bajar sin éxito la EBA de este patrón, así que si alguno de ustedes ya ha tenido suerte y pudo descargar su emisión y checa que sus trabajadores activos con crédito aparezcan, favor de reportarlo, caso contrario, si pueden enviarme copia de su EBA a mi correo para que los demás visitantes estén enterados de que efectivamente no aparecen cuando debían hacerlo, se los vamos a agradecer y así también nos cercioramos de que se trata de un error del instituto y del cual les recomendaríamos hacer caso omiso y continuar reteniendo en este bimestre noviembre-diciembre, las amortizaciones que se realicen de cada trabajador acreditado.
Editado:
Otra cuestión que debemos tener muy en cuenta, es que hay que archivar esta EBA y no perderla de vista, porque recuerden el articulo 44 del REGLAMENTO de Inscripción, Pago de Aportaciones y Entero de Descuentos al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.
ARTÍCULO 44. Cuando el Instituto otorgue crédito de vivienda a un trabajador, lo notificará al patrón o a
los patrones de dicho trabajador, a través del aviso para retención de descuentos, en donde se consignarán
los datos relativos al crédito, así como los porcentajes o cantidades a descontar del salario base de
aportación. De igual manera actuará el Instituto respecto de los trabajadores ya acreditados cuando éstos
adquieran una nueva relación laboral.
Si de conformidad con el artículo 27 de este Reglamento, el Instituto incluye en la cédula de determinación
los datos relativos al crédito, así como los porcentajes o cantidades a descontar del salario base de aportación
de los trabajadores acreditados, aun cuando el patrón no hubiera recibido el aviso para retención de
descuentos, la citada cédula de determinación hará las veces de este aviso y el patrón estará obligado a
iniciar la retención y a enterar los descuentos.
Si el Instituto elimina de la cédula de determinación los datos del crédito de alguno o algunos de los
trabajadores acreditados, aún cuando el patrón no hubiera recibido el aviso de suspensión a la retención de
descuentos, dicha cédula hará las veces de este aviso y el patrón deberá suspender los descuentos a dichos
trabajadores, a partir de la fecha de recepción de la misma.
El patrón podrá consultar el aviso de retención o de suspensión de descuentos a través del sitio de
Internet del Instituto.
El patrón deberá iniciar la retención y el entero de los descuentos a partir del día siguiente a aquél en que
reciba el aviso de retención de descuentos o la cédula de determinación en que aparezcan los datos del
crédito de alguno o algunos de sus trabajadores acreditados, lo que ocurra primero. En caso de que existan
discrepancias entre los datos contenidos en uno y otro documento, el patrón deberá atender a los que se
señalen en la cédula de determinación
Por lo anteriormente expuesto, es importante que mediante la EBA descargada de este bimestre sep-oct, podremos cancelar cualquier futuro requerimiento que nos llegara a notificar el infonavit, porque al no aparecer ningun trabajador acreditado, no podemos darnos por notificados al amparo de este articulo 44 del reglamento arriba referido.
No está de más, que los trabajadores soliciten sus estados de cuenta y que nos regalen una copia, para cerciorarnos de que aun les faltan algunos abonos por amortizar.
Editado martes 11 noviembre:
Al parecer, el #infonavit ha reconocido su error y está enviando un correo a algunos patrones. Estoy tratando de conseguir ese correo para mostrarlo a ustedes, mis distinguidos visitantes.
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