El senado aprueba el convenio 189 OIT, trabajadores del hogar
Mis estimados ppsotolectores. Solo para informarles de esta aprobación por parte del senado de la república, sobre el convenio 189 emanado de la #OIT Organización Internacional del Trabajo, como quien dice, la #ONU del trabajo, del cual nuestro país forma parte.
Pero ¿de qué se trata este convenio?
Vayamos a investigar, precisamente a la OIT.
Y ya comenzamos con problemas. ¿Por qué? Miren el inciso c) del artículo 1:
Artículo 1. (c) una persona que realice trabajo doméstico únicamente de forma ocasional o esporádica, sin que este trabajo sea una ocupación profesional, no se considera trabajador doméstico.
Y te pongo el ejemplo: En mi departamento (que también es el tuyo, si me descuido), una señora va a hacerme la limpieza, una sola vez por semana y eso cuando ella puede. O sea, es esporádico, por tanto, no se consideraría trabajador doméstico como lo menciona este inciso c) del articulo 1 y no debería aplicarle este convenio y mucho menos la reforma a la #LSS Ley del seguro social, en materia de los trabajadores domésticos.
Artículo 2. El presente Convenio se aplica a todos los trabajadores domésticos.
Así que me disculpa estimada señora Juanita, pero no tengo ninguna obligación de afiliarla al #IMSS, por el tiempo en que me preste sus servicios en mi departamento personal, porque al amparo de este convenio, NO es trabajadora domestica.
A continuación, el aviso publicado por la #SRE Secretaría de relaciones exteriores:
Solo para recordarles, que los patrones de los trabajadores del hogar, son personas comunes como tú y como yo, que requerimos, y ahora como lo plantea el convenio 189, de alguien que nos ayude de manera permanente y profesional, de sus servicios en el hogar (aseo, asistencia o cualquier otra actividad inherente al hogar -art. 331 LFT).
Que tengan un buen dia.