En mi gustada sección de analizando ciertas «noticias digitales»
Tengo un alerta de noticias acerca del tema de «salarios minimos» y me brinco ésta nota de un diario digital. A ver qué te parece:
Primer cuestionamiento: ¿Quien gane el minimo no verá completo el aumento en 2025?
¿Podré desmentirlo?
Uno.
Para efectos de #ISR. Nos dice el artículo 96 de la #LISR: {…} No se efectuará retención a las personas que en el mes únicamente perciban un salario mínimo general correspondiente al área geográfica del contribuyente.
Dias laborados en 2025 = 30
Solo percibió en el mes = $278.80 x 30 = $8,364.00
Descuento ISR = $0.00
Ya comenzando por aqui, la nota periodística ya tacha de mentirosa. Vamos al siguiente punto.
Dos.
Para efectos de seguro social. Nos dice el articulo 36 de la #LSS: «Corresponde al patrón pagar íntegramente la cuota señalada para los trabajadores, en los casos en que éstos perciban como cuota diaria el salario mínimo«.
Días cotizados en el mes 2025 = 30
Salario percibido en el mes = $278.80 x 30 = $8,364.00
SBC calculado (por cumplir un año de antiguedad y con prestaciones de ley) 278.80 x 1.0493 = $292.54
Descuento cuotas imss = $0.00
Otra vez, la nota miente.
Tres.
Ejemplo de recibo de nómina del trabajador que percibe el #SMG 2025.
Y si usamos los datos que corresponden a 2024, el acumulado mensual del mismo trabajador es:
Si comparo 2024 = 7,467.90 vs 8,364.00 para 2025, veo que si hay una diferencia en favor del trabajador de $896.10, o sea un 12% (redondeado).
Otra cosa MUY distinta, es el impacto que conlleva al sector empresarial el incremento al SMG. El costo laboral, por sentido común, lleva un aumento en prestaciones laborales, en seguridad social (#imss e #infonavit) y en el impuesto sobre nóminas. Pero eso ya será materia de otro post ¿les parece?
Felices fiestas.
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